28 de Abril de 2024

   




Sistema CiberBOX


I N S T R U C C I O N E S
PROCESO DE SOLICITUD DE FICHAS DE NUEVO INGRESO


LEE CON ATENCIÓN EL EXTRACTO DE ACUERDO DE CONVIVENCIA.

Artículo 34. Los estudiantes deberán responsabilizarse de sus actos de acuerdo a la falta de disciplina realizada, por lo que será clasificado como sanciones individuales y colectivas. Tipificadas como falta leve, falta grave, falta muy grave y falta excesivamente grave. El profesor o cualquier persona que labora en la institución levantará el reporte y la subdirección académica realizará la sanción.

Artículo 39. Las sanciones a las que están sujetos los estudiantes según la gravedad de la falta son las siguientes:

Faltas leves
Reporte escrito
1. Suspensión de la actividad.
2. Confiscación del objeto, durante la clase, bajo custodia del profesor.

Faltas graves
1. Suspensión de clases, de uno a tres días.
2. Confiscación del objeto por un día, bajo custodia de la subdirección académica, solo será devuelta al padre al padre o tutor.
3. Tareas académicas (supervisadas por el profesor o instancia que reporta).
4. Reparar o reponer el daño ocasionado a cualquier bien tangible afectado dentro de la institución.
5. Suspender su participación en actividades o eventos de carácter académico, cultural, cívico y deportivo del que forme parte.
6. Se levanta el reporte y se notifica al padre o tutor

Faltas muy graves
1. Suspensión de clases, de tres a cinco días, sin derecho a evaluación.
2. Confiscación del objeto y llamado a los padres o tutor.
3. Reparación del daño cubriendo el costo correspondiente y colaborar con las actividades de mantenimiento del mismo.
4. Se levanta el reporte y se notifica al padre o tutor.

Faltas excesivamente graves
1. Suspensión de clases por más de cinco días, sin derecho a evaluación.
2. Suspensión indefinida.
3. Denuncia ante el ministerio Público.
4. Se levanta el reporte y se notifica al padre o tutor.

Artículo 73. El padre o tutor debe de inscribir a su hijo(a), en el semestre que le corresponda y en los días establecidos para ello. En caso de modificación o cambio de datos o de tutor deberá acudir personalmente al departamento de servicios escolares.

Artículo 74. El padre y/o tutor debe de asistir a las reuniones convocadas por el plantel. Es obligación de El padre y/o tutor acudir periódicamente a la institución a verificar el avance académico y disciplinario de su hijo(a) y/o tutorado.

Artículo 75. Deberán de asistir el padre y/o tutor a la plática de inducción para padres de estudiantes de nuevo ingreso.

Descarga el ACUERDO DE CONVIVENCIA completo   Descargar ACUERDO DE CONVIVENCIA

Descarga Carta Compromiso Acuerdo de Convivencia   Descargar CARTA COMPROMISO

ALUMNOS INTERESADOS EN LA CARRERA DE BUCEO.   Descargar REQUISITOS